25 de mayo de 20264:00 pm
5 premios
1 prize: $2500
2 prize: $1000
3 prize: $750
4 prize: 1 TV LED 65"
5 prize: 1 TV LED 32"
- Uno boleto gratuito por hogar
- Donación sugerida: $15
- El ganador será seleccionado al azar
- La rifa se realizará en la Iglesia de San Isidro
- Sorteo a las 4:00 horas
REGLAS QUE RIGEN EL SORTEO
- Precio del boleto de rifa $15, donación sugerida.
- La rifa está patrocinada por los Caballeros de Colón, Consejo 1698
2310 Dr. Martin Luther King, Jr. Blvd., Pompano Beach, FL, 33069. - La rifa se realizará el domingo, 25 de mayo de 2026 a las 4:00pm en la Iglesia de San Isidro. No se requiere compra para participar. El boleto gratuito está limitado a uno por hogar. Para más información, comuníquese al (561) 562-0422 o (954) 851-642
- El ganador será seleccionado al azar.
- No es necesario estar presente para ganar. Nos pondremos en contacto con el ganador dentro de las 48 horas posteriores al sorteo y dentro de los treinta (30) días para reclamar el premio (el plazo de reclamación) en la Oficina Parroquial de San Isidro. Se requiere una identificación válida. Si no se recoge el premio dentro del plazo de reclamación, se perderá y se considerará una donación a beneficio de San Isidro.
- Debes tener 18 años o más para participar. Las ganancias no son transferibles y se requiere una identificación válida.
- El ganador está sujeto a todas las leyes e impuestos locales, estatales y federales aplicables.
- Comuníquese con Edwar Aguilera al (561) 562-0422, o Jose Bedoya al (954)851-6402, si tiene alguna pregunta o desea obtener más información.
Si bien la exención de impuestos federales es un requisito mínimo para las organizaciones sin fines de lucro interesadas en realizar una rifa en Florida, la ley estatal también limita la forma en que se pueden recaudar fondos. Específicamente, las leyes de Florida prohíben expresamente que las organizaciones benéficas exijan o insinúen de cualquier otra forma que se deba realizar un pago en efectivo a cambio de un boleto o participación en la rifa.
Esta limitación busca distinguir un evento de caridad de otras actividades de juego, pero no prohíbe que una organización sin fines de lucro calificada sugiera una donación mínima.
Por ejemplo, afirmar que "las entradas cuestan $100" sería una violación, pero afirmar que "la donación sugerida para una entrada es de $100" sería aceptable según la ley.
Para garantizar la legitimidad del sorteo o lotería y evitar engaños a posibles participantes, la ley de Florida exige la divulgación de cierta información relacionada con el evento. En concreto, todo folleto, anuncio, formulario de inscripción y boleto utilizado en relación con el sorteo debe indicar la fuente de los fondos utilizados para otorgar el premio en efectivo, así como la fecha, hora y lugar donde se seleccionará al ganador.
Además, los materiales deben describir todas las reglas y regulaciones que rigen el concurso, así como el nombre y el lugar principal de negocios de la organización sin fines de lucro.
Además, ningún material literario o publicitario distribuido por la organización sin fines de lucro como parte del sorteo o lotería puede ser engañoso, falso o fraudulento.
Todos los ganadores seleccionados mediante rifas y loterías realizadas por organizaciones sin fines de lucro en Florida deben hacerse al azar. La ley estatal prohíbe específicamente otorgar premios basados en aciertos, ganadores instantáneos o sorteos preseleccionados. Esta prohibición también prohíbe eliminar, descalificar, rechazar o discriminar de cualquier otra forma según si el participante realizó o no una donación en efectivo a la organización como parte del sorteo.
Todos los ganadores seleccionados mediante rifas y loterías realizadas por organizaciones sin fines de lucro en Florida deben hacerse al azar. La ley estatal prohíbe específicamente otorgar premios basados en aciertos, ganadores instantáneos o sorteos preseleccionados. Esta prohibición también prohíbe eliminar, descalificar, rechazar o discriminar de cualquier otra forma según si el participante realizó o no una donación en efectivo a la organización como parte del sorteo.
En cambio, todos los premios ofrecidos deben entregarse y la organización debe notificar al ganador. La sanción para quien infrinja esta sección es un delito menor de segundo grado según la ley de Florida.
